ATE Junín

Asociación Trabajadores del Estado

VUELTA A CLASES presenciales para docentes y auxiliares de la educación con dispensas por grupo de riesgo

A partir del 9 de agosto retoman la actividad presencial las y los agentes de la DGCyE que están alcanzados por dispensas laborales por factores de riesgo conforme lo que establece la Resolución 90/20 del Ministerio Jefatura de Gabinete de Ministros que hayan cumplido 21 días de haber completado el esquema de vacunación de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad contra la COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina y quienes hayan optado por no vacunarse.

Los lunes siguientes a esa fecha, quienes hayan completado su esquema de vacunación y el plazo de 21 días para el desarrollo de la inmunidad frente al COVID-19, irán reincorporándose a sus lugares de trabajo.

En el marco de lo establecido por el Decreto 521/21 del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y en virtud del avance del plan de vacunación en todo el territorio de la Provincia, la DGCyE ha emitido la Resolución 2516/2021 para el regreso a las actividades presenciales para las y los agentes que se encontraban con dispensas por pertenecer a los grupos de riesgo por COVID-19.

La resolución alcanza a las y los agentes que prestan servicios en Dirección General de Cultura y Educación en establecimientos educativos, Consejos Escolares, Jefaturas Distritales de Inspección, Jefaturas Regionales de Inspección, Tribunales Descentralizados de Clasificación, Secretarías de Asuntos Docentes, Dirección de Transporte y Logística con función de chofer de vehículo automotor, Subdirección de Transporte Fluvial e Inspecciones Distritales y Regionales de Infraestructura Escolar, cualquiera sea su modalidad de contratación y/o régimen estatutario, que se encuentren comprendidos/as en las dispensas establecidas por el artículo 1° de la Resolución N°90/2020 del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, sus complementarias y modificatorias.

En el caso que el trabajador/a se encuentre en proceso de vacunación en una jurisdicción distinta a la provincia de Buenos Aires, deberá presentar la correspondiente constancia que dé cuenta de su inscripción y vacunación en proceso a través de la aplicación MIS LICENCIAS.

PERSONAL AUXILIAR BAJO LA LEY 10.430

✅ Las y los auxiliares con funciones de cocina vuelven a sus tareas habituales a partir del 9 de agosto de 2021. En el caso que estuvieran cubriendo las funciones de un agente dispensado que todavía no ha completado su proceso de vacunación, el Consejo Escolar podrá asignar esas funciones a algunos de los agentes designados en los términos del artículo 10 de la Resolución Nº 416/2021 de la DGCyE, cuando el titular de dicho cargo volviera a sus tareas habituales en virtud de lo dispuesto por la presente Resolución.

Cesan en su cargo las y los agentes designados para la cobertura de cargos extraordinarios según lo estipulado en el artículo 10° de la Resolución N°416/21 de la DGCyE, al momento del reintegro del agente que se encontraba en uso de una dispensa laboral por estar comprendido en grupo de riesgo por COVID-19, sin perjuicio de la prolongación de funciones que pueda realizarse conforme lo antedicho.

✅ Se da continuidad hasta el 31 de diciembre de 2021 a las y los agentes que hayan sido designados como suplentes extraordinarios en el marco de lo estipulado en el artículo 12° de la Resolución N° 416/21 de la DGCyE para atender a los establecimientos educativos denominados unitarios.

Nueva cobertura de cargos Temporarios Transitorios Mensualizados y Actos Públicos de Reemplazantes sin estricciones a los listados a través de Actos Públicos No Presenciales

✅ Se convoca a Actos Públicos no presenciales, sin limitaciones a los listados, para la cobertura de cargos de personal auxiliar con carácter de Temporario Transitorio Mensualizado, en aquellos distritos que hayan aprobado los listados 2020 con actualización de puntaje conforme lo establecido en la Resolución Nº 1/21 de la DGCyE.

En caso que el personal auxiliar designado esté comprendido en grupo de riesgo por COVID-19, podrá tomar posesión cuando hayan transcurrido los veintiún días de haber completado el esquema de vacunación.

✅ La cobertura de reemplazantes será a través de Actos Públicos no presenciales sin restricciones en los listados

PERSONAL DOCENTE BAJO LA LEY 10.579

✅ A partir del reintegro del o la agente dispensados, cesa en su cargo la persona que haya sido designada para la cobertura extraordinaria.

✅ Se prorrogan hasta el 28 de Febrero de 2022 en las coberturas de los cargos de base a quien haya cubierto por acto público el desempeño de un cargo de base provisional, siempre y cuando los cargos no sean alcanzados por acciones estatutarias antes de la fecha mencionada. En dicho caso la fecha de cese estará determinada por la razón estatutaria.

✅ Los cargos de base en condición de suplentes, se prorrogan hasta el 28 de Febrero del 2022 o al reintegro del titular del cargo, lo que ocurra primero.

✅ Las y los agentes designados para desempeñarse en los Programas “Fines” y “Educación Secundaria con Formación Profesional” continuarán en sus desempeños hasta la finalización del primer cuatrimestre lectivo del año 2021.

✅ En el caso de cargos jerárquicos, las Jefaturas Distritales deberán solicitar, entre el 4 y el 14 de agosto de 2021 acorde al procedimiento administrativo habitual, la cobertura por Acto Público de los cargos jerárquicos provisionales y suplentes que fueran cubiertos en el marco de lo estipulado en el artículo 4° inciso a), b) y d) de la Resolución N° 416/21 y en el artículo 3° incisos a), b) y c) de la Resolución N° 1141/21 de la DGCyE. Quienes actualmente se desempeñan en dichos cargos cesarán a medida que se realicen los nuevos procesos de cobertura. En caso de ser designada una persona considerada grupo de riesgo por la normativa antedicha, y no hubieren transcurrido los veintiún días de completado el esquema de vacunación, podrá realizar reserva del cargo hasta cumplir el plazo mencionado. Se realizará una prolongación de servicios de la suplencia vigente hasta la toma de posesión del designado.

Las nuevas designaciones a través de Acto Público serán sin restricciones a los listados.

Los Actos Públicos que se realicen a partir de la fecha se harán utilizando los listados vigentes a la fecha y sin restricciones a los listados. Si un agente designado no completó el plazo de inmunización de 21 días para el desempeño de un cargo provisional y/o suplente, podrá realizar reserva del cargo hasta cumplir el plazo, y convocarse a la cobertura del cargo, en condición de suplencia, hasta la toma de posesión del designado.

Siempre que la cobertura corresponda a una suplencia, la o el docente que haya estado comprendido como grupo de riesgo deberá acreditar que han transcurrido los veintiún días de haber completado el esquema de vacunación.

En el caso de una docente en estado de embarazo o post-parto dentro del período de licencia prevista en el inciso d) del artículo 114 del Decreto N°688/93 y sus modificatorios, se podrá realizar reserva de cargo según corresponda a normativa vigente.