Fue en Neuquén,eEl Juzgado Laboral Nº 3 de la provincia a cargo de Luis Trani condenó al sindicato UPCN por negarse a dar de baja al compañero Florencio Luna, quien había presentado su renuncia. La Justicia ordenó su desafiliación y el reintegro con intereses de las sumas descontadas por aportes, lo que suma un antecedente a la lucha por la libertad y democracia sindical.
Luna era trabajador del Ente Provincial de Energía de Neuquén hasta marzo pasado, cuando se jubiló. El 21 de noviembre de 2007 decidió renunciar a su filiación a UPCN, “descontento con la política gremial y ausencia de respuestas”, según confesó al juez.
Pero como UPCN no quería recibir la notificación, Luna y otros trabajadores labraron un acta con escribano y asistieron a la Justicia para solicitar una medida cautelar que ordenara el cese de los descuentos, a la que se hizo lugar.
La Justicia adujo que se estaba vulnerando la afiliación libre garantizada por el artículo 14 de la Constitución Nacional y el 56 de la Carta Magna de Neuquén. Asimismo, Luna incorporó como antecedente la resolución de la Corte Suprema de Justicia provincial sobre los fallos de nominados “ATE” y “Aquino”, en cuanto a la afiliación libre, consciente y sin ataduras.
UPCN, por su parte, se opuso al progreso de la cautelar arguyendo que su estatuto impide la desafiliación del compañero si no es por escrito, en persona e individualmente. Una disposición cuya existencia no pudieron comprobar, tal como se desprende del fallo del juez Trani.
La condena se extiende al reintegro de los descuentos efectuados entre noviembre de 2007 y marzo de 2013.