El IPS simplifica el trámite de renovación de poderes

El Instituto de Previsión Social (IPS) ha anunciado una importante medida destinada a simplificar los trámites para los beneficiarios y sus familiares. A partir de la Resolución N° 21.294, ya no será necesario renovar el poder otorgado por un beneficiario/a a un familiar para percibir sus haberes. Esta nueva disposición exime a los familiares que representan a un titular de beneficio del IPS de la obligación de renovar la autorización para recibir los pagos correspondientes.

Esta medida también incluye a la/el conviviente en aparente matrimonio, quien no tendrá que realizar la renovación del poder para continuar percibiendo los haberes del titular.

La autorización solo perderá vigencia por revocación expresa del o la titular; por renuncia del apoderado; o por el fallecimiento de algunos de ellos.

Para más detalles sobre este trámite y la lista de Centros de Atención Previsional disponibles, se invita a los interesados a consultar el sitio web oficial del IPS: ips.gba.gob.ar.

Más noticias

¿Cuándo cobro en mayo 2025, aumento y bono de $70.000? Jubilados Nacionales (ANSES)

Cuándo cobro en mayo 2025?, ANSES dio a conocer el cronograma de pago para jubilados…

PARITARIA BONAERENSE: ATE rechazó la oferta por INSUFICIENTE

El gobierno de la provincia de Buenos Aires convocó a los trabajadores de la ley…