Propuesta salarial del Gobierno Provincial para la Ley 10.430, en la Reunión Paritaria del 20/03/2013

Propuesta  salarial del Gobierno Provincial para la Ley 10.430, en la Reunión Paritaria del 20/03/2013.

La propuesta es en tres tramos, los cuales van con los salarios de marzo, setiembre y diciembre. La propuesta es remunerativa en su conjunto, es decir que se ajusta a Ley en cuanto a descuentos previsionales y sociales por lo cual impactaría en los trabajadores jubilados.

A partir de:

  • MARZO/2013:                                       

1) Incrementar el Sueldo BÁSICO: se incorporarían en marzo $120 (nuevos) al Sueldo Básico a la categoría inicial del régimen de 30 hs, aumentando el valor módulo de $ 0,7974 a $ 0,8763. Esto implica un aumento del básico desde marzo del 9,9 %, aumentando en ese porcentaje todos los  básicos de cada categoría para cada régimen horario.

2) Incrementar una Bonificación Remunerativa proporcional por Reg. Horario existente, que en la actualidad comienza en $ 643 en el régimen horario de 30 hs.

En marzo incorporar $ 80 al régimen de 30 hs y esto se  incrementa proporcionalmente para los distintos regímenes horarios. Por lo cual el valor actual de dicha bonificación de $643 en el régimen horario de 30 hs. pasaría a $ 723;  en 40 hs del valor de $ 857 a $ 964 y  en el régimen de 48 hs pasaría de $ 1.029  a $ 1.157.

3) Incrementar una Bonificación Remunerativa Fija existente, que en la actualidad es de $ 230 para todas las categorías y regímenes horarios. Se aumentaría en $ 142, con lo cual quedaría en $ 372.

4) Auxiliares de educación: Incrementar la Bonificación Remunerativa y no bonificable existente para los trabajadores Auxiliares. Actualmente esta bonificación remunerativa es del 64 % del sueldo básico de cada categoría. Se aumentaría en 7 puntos porcentuales, por lo cual quedaría establecida en el 71% del sueldo básico de cada categoría.

Este aumento se compone de:

  • Absorción de $ 50 que surgen de la eliminación de una Bonificación No Remunerativa existente en el salario de los trabajadores Auxiliares de la Educación.
  • Más $30 provenientes de la eliminación de otra Bonificación No Remunerativa existente en el salario de los trabajadores Auxiliares de la Educación.
  • Incorporación de $ nuevos que varían por categoría, por ejemplo en categoría 5 de 30 hs se incorporarían $109 nuevos. 

5) Trabajadores hospitalarios en general (enfermeros y no enfermeros): incrementar en un 4 % la bonificación existente que cobran todos los trabajadores de hospitales (enfermeros y no enfermeros). Esto significa que pasaría del 40 % de cada básico de cada categoría (lo que es actualmente), al 44% de cada básico de cada categoría.

Este aumento se compone de:

  • Absorción de $ 25 que surgen de la eliminación de una Bonificación No Remunerativa existente en el salario de los trabajadores de Salud.
  • Más $35 provenientes de la eliminación de otra Bonificación No Remunerativa existente.
  • Incorporación de $ nuevos que varían por categoría, por ejemplo en categoría 5 se incorporarían $120 nuevos.

6) Trabajadores Enfermeros/as: incrementar 2% la bonificación específica que cobra actualmente ese sector. Por lo cual la bonificación actual del 24% de cada básico de cada categoría, pasaría del 24 % actual al 26 % de cada básico de cada categoría. 

Todos estos valores son previos a los descuentos obligatorios por Ley.

El punto 1) 2) y 3) abarca a todos los trabajadores de la Ley 10.430.  Por lo cual en el caso de Auxiliares de Educación a los puntos 1) 2) y 3) hay que sumarle las medidas específicas del punto 4).  Y en el caso de Trabajadores de Hospitales a los puntos 1) 2) y 3) hay que sumarle las medidas específicas del punto 5) en general y además en el caso de Enfermeros sumar la medida del punto 6).                                                                                            

 SEPTIEMBRE/2013: 

1) Incrementar el Sueldo BÁSICO: se incorporarían en setiembre $110 (nuevos) al Sueldo Básico a la categoría inicial del régimen de 30 hs, aumentando el valor módulo de $ 0,8763 a $ 0,9487. Esto implica un aumento del básico desde marzo del 8,26 %, aumentando en ese porcentaje todos los  básicos de cada categoría para cada régimen horario.   

2) Incrementar una Bonificación Remunerativa Fija existente, que en la actualidad es de $ 230 para todas las categorías y regímenes horarios, y en marzo pasaría a $ 372. Se aumentaría en $ 50, con lo cual quedaría en $ 422 a partir de setiembre de 2013.

3) Auxiliares de educación: Incrementar la Bonificación Remunerativa y no bonificable existente para los trabajadores Auxiliares. Esta bonificación remunerativa es la que actualmente es del 64 % del sueldo básico de cada categoría y que en marzo pasaría al 71%.  Se aumentaría en 5 puntos porcentuales, por lo cual quedaría establecida en el 76% del sueldo básico de cada categoría a partir de setiembre de 2013. 

4) Trabajadores hospitalarios en general (enfermeros y no enfermeros): incrementar la bonificación existente que cobran todos los trabajadores de hospitales (enfermeros y no enfermeros). Esta bonificación es la que actualmente es del  40 % de cada básico de cada categoría y que pasaría al 44% de cada básico de cada categoría a partir de marzo 2013. Se aumentaría en 3 puntos porcentuales por lo cual quedaría establecida en el 47 % del sueldo básico de cada categoría a partir de setiembre de 2013. 

5) Trabajadores Enfermeros/as: incrementar la bonificación específica que cobra actualmente ese sector. Esta bonificación es la que actualmente es del 24% de cada básico de cada categoría y que pasaría al 26% en marzo. Se aumentaría en 1 puntos porcentuales por lo cual quedaría establecida en el 27 % del sueldo básico de cada categoría a partir de setiembre de 2013. 

Todos estos valores son previos a los descuentos obligatorios por Ley.

El punto 1) y 2) abarca a todos los trabajadores de la Ley 10.430.  Por lo cual en el caso de Auxiliares de Educación a los puntos 1) y 2) hay que sumarle las medidas específicas del punto 3).  Y en el caso de Trabajadores de Hospitales a los puntos 1) y 2) hay que sumarle las medidas específicas del punto 4) en general y además en el caso de Enfermeros sumar la medida del punto 5).

  DICIEMBRE/2013: 

1) Incrementar Bonificación Remunerativa Fija existente, que en la actualidad es de $ 230 para todas las categorías y regímenes horarios, y en marzo pasaría a $ 372 y en setiembre a $ 422. Se aumentaría en $ 25, con lo cual quedaría en $ 447 a partir de diciembre de 2013. 

2) Auxiliares de educación: Incrementar la Bonificación Remunerativa y no bonificable existente para los trabajadores Auxiliares. Esta bonificación remunerativa es la que actualmente es del 64 % del sueldo básico de cada categoría, que en marzo pasaría al 71% y en setiembre al 76% del sueldo básico. Se aumentaría en 1 puntos porcentuales, por lo cual quedaría establecida en el 77% del sueldo básico de cada categoría a partir de diciembre de 2013. 

3) Trabajadores hospitalarios en general (enfermeros y no enfermeros): incrementar la bonificación existente que cobran todos los trabajadores de hospitales (enfermeros y no enfermeros). Esta bonificación por Tarea Crítica es la que actualmente es del  40 % de cada básico de cada categoría y que pasaría al 44%  en marzo y al 47% de cada básico de cada categoría a partir de setiembre 2013. Se aumentaría en 3 puntos porcentuales por lo cual quedaría establecida en el 50 % del sueldo básico de cada categoría a partir de diciembre de 2013. 

4) Trabajadores Enfermeros/as: incrementar la bonificación específica que cobra actualmente ese sector. Esta bonificación es la que actualmente es del 24% de cada básico de cada categoría y que pasaría al 26% en marzo y al 27% de cada básico de cada categoría a partir de setiembre 2013. Se aumentaría en 3 puntos porcentuales por lo cual quedaría establecida en el 30 % del sueldo básico de cada categoría a partir de diciembre de 2013. 

Todos estos valores son previos a los descuentos obligatorios por Ley.

El punto 1) abarca a todos los trabajadores de la Ley 10.430.  Por lo cual en el caso de Auxiliares de Educación al punto 1) hay que sumarle las medidas específicas del punto 2).  Y en el caso de Trabajadores de Hospitales al punto 1) hay que sumarle las medidas específicas del punto 3) en general y además en el caso de Enfermeros sumar la medida del punto 4).

Ejemplificación ver aca 

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